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La vincularidad de los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sistema jurídico argentino

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Date
2020
Authors
Prieto, Gabriel
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Universidad Católica de Santa Fe
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Hemos efectuado el presente trabajo de investigación en el marco del proyecto de tesis doctoral cuyo objeto de estudio es el auto precedente en Argentina, sosteniendo la necesidad de argumentar valorativamente su abandono como materialización de la justicia. Siendo a nuestro criterio, atinado, el abordar la temática del precedente y su vincularidad en nuestro derecho en todos sus ámbitos, la irrupción de la jurisprudencia supra nacional vinculante, requiere nuestra atención y análisis por formar parte de nuestro sistema jurídico. La normativa interamericana de derechos humanos nos pone frente a nuevos desafíos, vinculados con, la articulación y armonización de las normas nacionales, los fallos de los tribunales locales, y la normativa e interpretación que de dicha normativa efectúe la Corte Interamericana de Derechos Humanos; no hay que perder el horizonte y tener claro, que la función de este sistema no es la de suplantar a los ordenamientos jurídicos nacionales, sino la de ser complementaria y subsidiaria de los mismos en lo que a la protección de los derechos humanos se refiere, es por esto que en el preámbulo de la Convención Americana de Derechos Humanos reza que los derechos esenciales del hombre justifican una protección internacional de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados Americanos. Lo expuesto nos lleva a afirmar que ante una diversidad de sistemas jurídicos autónomos que se vinculan e interconectan por este nuevo ordenamiento jurídico internacional, se hace necesario el estudio e investigación (en relación a la forma y alcances de la interpretación de las normas que integran el nuevo sistema); teniendo en cuenta que los tribunales supremos de los estados no son subordinados jerárquicamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, (CIDH) por lo que no se puede parangonar con la forma Federal de organización de Justicia. Por lo que el vínculo entre los órganos supremos nacionales y de órgano supranacional tiene que estar fundado en lo que a la interpretación se refiere, en los pilares de la cooperación y el diálogo. Teniendo presente esto, la Corte Suprema Argentina a lo largo de las últimas décadas fue consolidando a través de sus fallos la armonización interpretativa de los derechos reconocidos en los tratados internacionales sobre Derechos Humanos siguiendo las pautas de las doctrinas que fueron elaboradas por la CIDH en muchos casos, pero aún existen cuestiones en las que el debate está abierto en lo que refiere a quién o quién ostenta la supremacía normativa final, concretamente si le corresponde a las constituciones nacionales o a las normas y jurisprudencia del sistema supranacional en la temática de los Derechos Humanos. El presente trabajo busca aproximarse a la cuestión referida a la jurisprudencia de la CIDH y la obligación de los jueces nacionales de acatar las mismas. En un país como la Argentina, donde los fallos de su tribunal supremo no revisten el carácter de obligatorio para los tribunales inferiores, y en materia civil y comercial el código de dicha rama no establece a la jurisprudencia como fuente del derecho.
Keywords
Derecho, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Fallos de la Corte
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